• Reproducimos aquí el artículo publicado originalmente en Xataca por Arantxa Herranz @aherranz

El Consejo de Ministros aprobaba la conocida como ley de startups. Un texto que, entre otras cuestiones, permitirá una reducción del IRPF a los extranjeros que vengan a nuestro país a trabajar, con el fin de atraer a los denominados nómadas digitales.

El texto, del que se venía hablando desde hace meses, ha sido recibido, en general, como una buena primera medida, pero a todas luces insuficiente. Las cuestiones fiscales se sitúan en el punto de mira de las mayores criticas a este texto.

Algo es algo…

Las primeras reacciones son de dar la bienvenida a esta esperada ley. “Sería algo injusto quejarme por un intento de mejorar las cosas”, expone Javi López, fundador y former-CEO en Erasmusu (adquirida por Spotahome).

Alex Planas, Senior de Across Legal, valora muy positivamente el esfuerzo realizado, dado que la ley «afecta muchas materias y ministerios a la vez, de modo que es muy difícil coordinar todas las medidas y obtener las autorizaciones de cada ministerio.

“Me parece una buena noticia. Llevamos muchos años pidiendo un reconocimiento de las startups como el que existe en otros países”, añade Héctor García, emprendedor, empresario e inversor tecnológico desde Habichuelas Ventures y fundador y ExCEO de Geographica (Comprada por Carto). Pero, a renglón seguido, sentencia “Lo malo es que faltan puntos clave o se han quedado cortos”.

… pero se queda corto

Samuel Gil, partner en JME Ventures, un fondo de inversión que ha respaldado, entre otras, a Flywire (la primera startup española en cotizar en el Nasdaq), cree que España no necesita una ley de startups como tal, si no “leyes atractivas y sobre todo seguridad jurídica para todo tipo de empresas”.

“El que quiere emprender lo va a hacer a pesar de la ley. De esta o de cualquier. Lo que pasa es que hoy en día es más sencillo que nunca montar telemáticamente sociedades en otros sitios más competitivos regulatoriamente, lo cual se está convirtiendo, por desgracia para nosotros, en la opción preferida por la gente que tiene más experiencia en este mundillo”, asegura.

Gil critica, como muchos otros, que “temas verdaderamente importantes” (como la fiscalidad de las stock options) “siguen sin resolver”.

Héctor García coincide en este punto. “Es vital tratar mejor los impuestos sobre las stock options si queremos retener y atraer talento. Aquí debemos hacer mucho más. Como nuestros competidores en otros países como UK, Francia, Portugal etc.”. En su opinión, la ley debería ser más ambiciosa en este punto y permitir “que las opciones tributen como ganancias de capital y no como rendimientos del trabajo”.

Lo bueno

García cree que lo mejor de la ley es “es el reconocimiento de la existencia de este tipo de empresas, el poder aplazar deudas y ciertas rebajas, algo cosméticas, de los impuestos”.

Planas añade que el sistema creado para el reconocimiento de este tipo de empresas «parece que será ágil y la creación de un registro público sobre estas puede ser útil para el sector», a lo que añade la posible creación de otros sandbox que se sumarán al sandbox Fintech.

En este sentido, Gil explica que la reducción del impuesto de sociedades en los cuatro primeros años de operación es “de impacto dudoso”, dado que “muchas de las compañías tecnológicas orientadas a crecimiento arrojan pérdidas en ese periodo”. Una visión en la que coincide con García, que considera “poco realistas” estas rebajas fiscales, alegando que las startups “no suelen dar muchos beneficios, por no decir casi ninguno en esos años”.

Además de coincidir en este punto, Javi López tambié muestras sus dudas sobre la propia definición de lo que es una startup. “El texto define una startup como una empresa de menos de cinco años y que factura menos de cinco millones de euros. Pero entonces cualquier empresa de nueva constitución es inmediatamente una startup. Eso está pillado con pinzas”.

Es decir, que empresas como Glovo, Wallapop, Cabify, Travelperk, Red Points, Jobandtalent o Jeff se quedarían fuera de esta denominación y no podrían acogerse a esta normativa.

Tampoco a Alex Planas le convence la definición marcada en el texto, no solo porque es «demasiado sencillo y genérico», sino porque, en su opinión, «hay startups que pueden necesitar períodos superiores a cinco años para su desarrollo o que alcancen una facturación de cinco millones pero aun estén en una posición de necesidad de inversión y pérdidas relevantes para sostener el modelo de negocio».

Segundas oportunidades

Por eso, cree que la norma será efectiva “para empresas que comienzan, para aspirar a algunas ayudas públicas de ENISA y CDTI (Neotec) etc. pero no tanto para las que ya han crecido más y son parte vital del ecosistema”.

Gil tipifica de “error garrafal” eliminar las ventajas para la gente que emprende por segunda vez después de haber fracasado con un startup. García añade que “debemos ser más generosos con las «segundas» oportunidades. Es un sector con mucho riesgo y hay que facilitar que se pueda fallar y volver. Para ello hay que bajar los impuestos y los procedimientos administrativos de liquidación de empresas”.

Una visión en la que coincide Alex Planas, que critica la decisión de limitar la aplicación del régimen especial de empresas emergentes a una única startup por promotor. «El propio preámbulo habla de que debemos normalizar el fracaso empresarial, así que también debería poderse constituir una segunda empresa con este régimen especial nada más cerrar la anterior e incluso poder ostentar más de una startup a la vez sujeta a este régimen», señala.

Talento, extranjero y nacional

Gil, eso sí, valora positivamente las medidas para la atracción de talento extranjero, “una oportunidad que como país deberíamos explotar al máximo”.

Pero para López es uno de los puntos más flojos. “Como no venga acompañado de ciertas ventajas fiscales que les permitan seguir llevando su vida de nómanda viajero sin exigirles que residan en España va a ser papel mojado, porque un nómada digital preferirá establecer su fiscalidad dónde tenga mayores ventajas fiscales sí y solo sí puede seguir moviéndose: hablamos de un nómada, por definición no se queda en un sitio fijo”, explica.

Además, cree que “estaría bien” que para poder contratar a alguien de fuera de UE “no haya que conseguir las 7 bolas de dragón y sangre de unicornio. Tal y como están las cosas ahora mismo extranjería pone pegas infinitas a poder contratar a alguien de por ejemplo Estados Unidos. Y esto claramente es un entorpecimiento tremendo para muchas startups que quieren fichar talento de fuera de la UE”.

El senior de Across Legal también cree que la norma flaquea en materia de planes de incentivos a empleados. «Son medidas insuficientes y de ejecución poco práctica. No toma en consideración las distintas formas de incentivar a los empleados, las mejoras fiscales de los planes de incentivos tienen límites demasiado bajos y el sistema de autocartera planteado no es el adecuado», explica.

Business Angels

En cuanto a la deducción fiscal de la inversión en startups, Samuel Gil cree que la norma “puede estimular que más inversores privados se animen a ejercer de business angels”.

Pero Javi López cree que la ley se queda corta en la deducción para business angels. Aunque esta medida le parece “fantástica”, no tiene tan claro que no se haya quitado “un detalle que tiene la actual y es que solo es válida si la startup se vende en unos años concretos tras la inversión (si no, supuestamente tienes que devolver la deducción). Lo cual es absurdo dado que no es posible saber ni controlar cuándo se va a vender una startup”.

Mientras, García cree, como inversor, que hay que “flexibilizar el régimen para inversores, tanto para inversores no profesionales como profesionales», de manera que sea simple entrar en fondos de inversión por parte de inversores «minoristas», para que la inversión extranjera puede entrar con pocas trabas”.


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